Statement: 28 October 2015 |

Statement of the Prosecutor of the International Criminal Court, Fatou Bensouda, on the conclusion of the preliminary examination into the situation in Honduras

Following a thorough factual and legal analysis of the information available, I have determined that, at this stage, the legal requirements of the Rome Statute for seeking authorisation from the Judges of the International Criminal Court ("ICC" or the "Court") to open an investigation into the situation in Honduras have not been satisfied.

My Office initiated a preliminary examination into the situation in Honduras on 18 November 2010 in order to assess whether reasonable basis exist to open an investigation with respect to alleged crimes committed following the coup d'état of 28 June 2009. As part of this legal assessment, my Office carefully examined whether the alleged crimes could amount to crimes against humanity under the Rome Statute of the ICC.

Based on the information available, human rights violations were committed on 28 June 2009 and in its aftermath, and these were directly attributable to the authorities which had seized power in the coup.  However, applying the reasonable basis standard as set by the Rome Statute, I concluded in November 2013 that such violations perpetrated between 28 June 2009 and 27 January 2010 do not constitute crimes against humanity within the meaning of the Statute, and thus do not fall within the scope of the crimes the ICC has the mandate to investigate.

Nonetheless, in light of subsequent allegations about crimes committed after 27 January 2010 and in the Bajo Aguán region, my Office continued its preliminary examination to assess whether these alleged crimes could impact my previous conclusion, or if they could independently constitute crimes against humanity.

After carefully weighing the information available against the legal requirements of the Rome Statute, I have concluded that there is no reasonable basis for my Office to proceed with an investigation. Therefore, I have decided to close the preliminary examination of the situation in Honduras. My Office has issued a detailed report presenting and explaining its findings.

I want to be clear on the following point. By no means does this decision minimise the crimes committed in Honduras or their impact on the victims. It should be recalled, however, that the Rome Statute's definition of crimes against humanity imposes strict legal requirements that distinguish this category of crimes from a context of general, chronic and structural violence. 

My Office based its assessment into the situation in Honduras on open and other reliable sources of information, which we subjected to our strict practice of independent, impartial and thorough analysis. Should new facts or information become available in the future warranting the reconsideration of the Office's conclusions, I will not hesitate to reopen the preliminary examination of the situation in Honduras.

Background

Honduras ratified the Rome Statute on 1 July 2002. The Court has therefore jurisdiction over Rome Statute crimes committed in the territory or by nationals of Honduras after 1 September 2002.

On 18 November 2010, the then Prosecutor Luis Moreno-Ocampo announced that the Office of the Prosecutor would be conducting a preliminary examination into the situation in Honduras after receiving information on crimes allegedly committed following the coup d'état of 28 June 2009.

On the day of the coup, former President of Honduras, Mr José Manuel Zelaya Rosales was arrested by members of the armed forces and forcibly flown to Costa Rica. The de facto government implemented a series of measures restricting freedom of movement, assembly and expression, and established a "crisis room" for the purpose of coordinating police and military operations to enforce them.

Demonstrations against the coup d'état organised by thousands of José Manuel Zelaya's supporters throughout the country were met with resistance and violence by state security forces, resulting in large-scale human rights violations. Ousted President Zelaya's attempts to return to Honduras and his temporary refuge in the Brazilian embassy in Tegucigalpa triggered further demonstrations which were severely and, in some instances, violently repressed by security forces.

In the years following the 2009 coup, violence in Honduras continued to escalate, owing partly to the political turmoil triggered by the coup, but also as a result of the expansion of drug trafficking and criminal organisations, the proliferation of weapons, and the involvement of the armed forces in matters of citizen security. In the Bajo Aguán region, violence related to long-standing land struggles between the local population and private corporations has been further exacerbated by the increased presence of transnational criminal organisations, African palm plantation robbers and looters, and rivalries between peasant groups. In this context, the lack of sufficient investigations and prosecutions by national authorities aggravated the cycle of criminality and impunity in Honduras.

The Office of the Prosecutor of the ICC conducts independent and impartial preliminary examinations, investigations and prosecution of the crimes of genocide, crimes against humanity and war crimes. The Office of the Prosecutor has opened investigations in: Uganda; Democratic Republic of the Congo; Darfur, Sudan; Central African Republic; Kenya; Libya; Côte d'Ivoire and Mali. The Office is also conducting preliminary examinations relating to the situations in Afghanistan, Colombia, Georgia, Guinea, Iraq/UK, Nigeria, Ukraine and Palestine.

Decision of the Office of the Prosecutor to close the preliminary examination into the situation in Honduras: Honduras - Article 5 Report.

For further information on the relevant Rome Statute principles, factors and procedures applied by the Office of the Prosecutor in the conduct of its preliminary examination activities, see its Policy Paper on Preliminary Examinations.

Questions & Answers about the decision: available in English and Spanish

[email protected]

Luego de realizar un exhaustivo análisis fáctico y jurídico de la información disponible, he determinado que, en este momento, no se han cumplido los requisitos legales previstos por el Estatuto de Roma para solicitar la autorización de los Jueces de la Corte Penal Internacional ("CPI" o la "Corte") para abrir una investigación en la situación en Honduras.

La Fiscalía inició un examen preliminar sobre la situación en Honduras el 18 de noviembre de 2010 a fin de evaluar si existe fundamento razonable para abrir una investigación con respecto a los crímenes presuntamente cometidos después del golpe de Estado del 28 de junio de 2009. Como parte de este análisis legal, la Fiscalía ha evaluado cuidadosamente si los crímenes alegados podrían constituir crímenes de lesa humanidad bajo el Estatuto de Roma de la CPI.

Sobre la base de la información disponible, violaciones a los derechos humanos fueron cometidas el día 28 de junio de 2009 y con posterioridad a esta fecha, y que estas fueron directamente imputables a las autoridades del régimen que tomó el poder durante el golpe. Sin embargo, en aplicación del estándar de fundamento razonable establecido por el Estatuto de Roma, en noviembre de 2013 llegué a la conclusión de que las violaciones perpetradas entre el 28 de junio de 2009 y el 27 de enero 2010 no constituyen crímenes de lesa humanidad bajo la definición del Estatuto, y por ende no constituyen crímenes sobre los cuales la CPI tiene la facultad para investigar.

No obstante, a la luz de alegaciones posteriores sobre crímenes cometidos después del 27 de enero de 2010 y en la región del Bajo Aguán, la Fiscalía continuó su examen preliminar a fin de determinar si esas nuevas alegaciones podrían afectar mi conclusión anterior o si podrían independientemente constituir crímenes de lesa humanidad.

Después de sopesar cuidadosamente la información disponible con relación a los requisitos legales del Estatuto de Roma, he llegado a la conclusión de que no existe fundamento razonable para que la Fiscalía proceda con una investigación. Por lo tanto, he decidido cerrar el examen preliminar sobre la situación en Honduras. La Fiscalía ha publicado un informe detallado que presenta y explica nuestras conclusiones.

Quiero ser clara en el siguiente punto. De ninguna manera esta decisión minimiza los crímenes cometidos en Honduras o el impacto que tuvieron para las víctimas. No obstante, es preciso recalcar que la definición de crímenes de lesa humanidad prevista en el Estatuto de Roma impone estrictos requisitos legales que distinguen esta categoría de crímenes de aquellos originados en un contexto de violencia general, crónica y estructural.

La Fiscalía basó su análisis de la situación en Honduras en información pública y otras fuentes de información fidedignas, las cuales hemos sujeto a nuestra estricta práctica de análisis independiente, imparcial y exhaustivo. En caso de nuevos hechos o nuevas informaciones que pudiera llevar a la Fiscalía a reconsiderar sus conclusiones estuvieran disponibles en un futuro, no dudaré en reabrir el examen preliminar sobre la situación en Honduras.

Contexto

Honduras ratificó el Estatuto de Roma el 1 de julio de 2002. Por consiguiente, la CPI tiene competencia sobre los crímenes del Estatuto de Roma cometidos en el territorio de Honduras o por sus nacionales a partir de 1 de septiembre de 2002.

El 18 de noviembre de 2010, el entonces Fiscal Luis Moreno-Ocampo anunció que la Fiscalía llevaría a cabo un examen preliminar en la situación en Honduras tras recibir información sobre crímenes presuntamente cometidos después del golpe de Estado del 28 de junio de 2009.

El día del golpe, el ex Presidente de Honduras, Sr. José Manuel Zelaya Rosales fue aprehendido por miembros de las fuerzas armadas y trasladado a Costa Rica por la fuerza. El gobierno de facto implementó una serie de medidas restrictivas de la libertad de circulación, de reunión y de expresión, y conformó una "sala de crisis" a fin de coordinar operaciones policiales y militares para implementarlas.

Las manifestaciones contra el golpe de Estado organizadas en todo el país por miles de partidarios de José Manuel Zelaya encontraron resistencia y respuestas violentas por parte de las fuerzas de seguridad estatales, dando lugar a violaciones a los derechos humanos en gran escala. Los intentos del depuesto presidente Zelaya de regresar a Honduras y su refugio temporal en la embajada de Brasil en Tegucigalpa desencadenaron nuevas manifestaciones, las cuales fueron severamente y, en algunos casos, violentamente reprimidas por las fuerzas de seguridad.

En los años posteriores al golpe de 2009, la violencia en Honduras continuó en aumento, debido en parte a la inestabilidad política generada por el golpe, pero también como resultado de la expansión de las organizaciones criminales y de narcotráfico, la proliferación de armas, y la participación de las fuerzas armadas en asuntos de seguridad ciudadana. En la región del Bajo Aguán, la violencia vinculada a disputas por la tierra de larga data entre pobladores locales y corporaciones privadas se ha exacerbado aún más debido a la mayor presencia de organizaciones criminales transnacionales, ladrones y saqueadores de plantaciones de palma africana, y las rivalidades entre grupos campesinos. En este contexto, la falta de suficientes investigaciones y enjuiciamientos por las autoridades nacionales ha agravado el ciclo de criminalidad e impunidad en Honduras.

La Fiscalía de la CPI lleva a cabo exámenes preliminares, investigaciones y enjuiciamientos independientes e imparciales de los crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. La Fiscalía ha abierto investigaciones en: Uganda; República Democrática del Congo; Darfur, Sudán; República Centroafricana; Kenia; Libia; Côte d'Ivoire y Mali. La Oficina también está llevando a cabo exámenes preliminares en las situaciones en Afganistán, Colombia, Georgia, Guinea, Irak/Reino Unido, Nigeria, Ucrania y Palestina.

Decisión de la Fiscalía de cerrar el examen preliminar de la situación en Honduras: Honduras – Informe con arreglo al artículo 5 del Estatuto.

Para mayor información sobre los principios, factores y procedimientos prescritos en el Estatuto de Roma que la Fiscalía aplica durante la realización de sus actividades de examen preliminar, véase el Documento de política general sobre exámenes preliminares de la Fiscalía.

Preguntas y Respuestas sobre esta decisión: disponible en inglés y español.

[email protected]

Fuente: Fiscalía

Declaración de la Fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, sobre la conclusión del examen preliminar en la situación en Honduras

Luego de realizar un exhaustivo análisis fáctico y jurídico de la información disponible, he determinado que, en este momento, no se han cumplido los requisitos legales previstos por el Estatuto de Roma para solicitar la autorización de los Jueces de la Corte Penal Internacional ("CPI" o la "Corte") para abrir una investigación en la situación en Honduras.

La Fiscalía inició un examen preliminar sobre la situación en Honduras el 18 de noviembre de 2010 a fin de evaluar si existe fundamento razonable para abrir una investigación con respecto a los crímenes presuntamente cometidos después del golpe de Estado del 28 de junio de 2009. Como parte de este análisis legal, la Fiscalía ha evaluado cuidadosamente si los crímenes alegados podrían constituir crímenes de lesa humanidad bajo el Estatuto de Roma de la CPI.

Sobre la base de la información disponible, violaciones a los derechos humanos fueron cometidas el día 28 de junio de 2009 y con posterioridad a esta fecha, y que estas fueron directamente imputables a las autoridades del régimen que tomó el poder durante el golpe. Sin embargo, en aplicación del estándar de fundamento razonable establecido por el Estatuto de Roma, en noviembre de 2013 llegué a la conclusión de que las violaciones perpetradas entre el 28 de junio de 2009 y el 27 de enero 2010 no constituyen crímenes de lesa humanidad bajo la definición del Estatuto, y por ende no constituyen crímenes sobre los cuales la CPI tiene la facultad para investigar.

No obstante, a la luz de alegaciones posteriores sobre crímenes cometidos después del 27 de enero de 2010 y en la región del Bajo Aguán, la Fiscalía continuó su examen preliminar a fin de determinar si esas nuevas alegaciones podrían afectar mi conclusión anterior o si podrían independientemente constituir crímenes de lesa humanidad.

Después de sopesar cuidadosamente la información disponible con relación a los requisitos legales del Estatuto de Roma, he llegado a la conclusión de que no existe fundamento razonable para que la Fiscalía proceda con una investigación. Por lo tanto, he decidido cerrar el examen preliminar sobre la situación en Honduras. La Fiscalía ha publicado un informe detallado que presenta y explica nuestras conclusiones.

Quiero ser clara en el siguiente punto. De ninguna manera esta decisión minimiza los crímenes cometidos en Honduras o el impacto que tuvieron para las víctimas. No obstante, es preciso recalcar que la definición de crímenes de lesa humanidad prevista en el Estatuto de Roma impone estrictos requisitos legales que distinguen esta categoría de crímenes de aquellos originados en un contexto de violencia general, crónica y estructural.

La Fiscalía basó su análisis de la situación en Honduras en información pública y otras fuentes de información fidedignas, las cuales hemos sujeto a nuestra estricta práctica de análisis independiente, imparcial y exhaustivo. En caso de nuevos hechos o nuevas informaciones que pudiera llevar a la Fiscalía a reconsiderar sus conclusiones estuvieran disponibles en un futuro, no dudaré en reabrir el examen preliminar sobre la situación en Honduras.

Contexto

Honduras ratificó el Estatuto de Roma el 1 de julio de 2002. Por consiguiente, la CPI tiene competencia sobre los crímenes del Estatuto de Roma cometidos en el territorio de Honduras o por sus nacionales a partir de 1 de septiembre de 2002.

El 18 de noviembre de 2010, el entonces Fiscal Luis Moreno-Ocampo anunció que la Fiscalía llevaría a cabo un examen preliminar en la situación en Honduras tras recibir información sobre crímenes presuntamente cometidos después del golpe de Estado del 28 de junio de 2009.

El día del golpe, el ex Presidente de Honduras, Sr. José Manuel Zelaya Rosales fue aprehendido por miembros de las fuerzas armadas y trasladado a Costa Rica por la fuerza. El gobierno de facto implementó una serie de medidas restrictivas de la libertad de circulación, de reunión y de expresión, y conformó una "sala de crisis" a fin de coordinar operaciones policiales y militares para implementarlas.

Las manifestaciones contra el golpe de Estado organizadas en todo el país por miles de partidarios de José Manuel Zelaya encontraron resistencia y respuestas violentas por parte de las fuerzas de seguridad estatales, dando lugar a violaciones a los derechos humanos en gran escala. Los intentos del depuesto presidente Zelaya de regresar a Honduras y su refugio temporal en la embajada de Brasil en Tegucigalpa desencadenaron nuevas manifestaciones, las cuales fueron severamente y, en algunos casos, violentamente reprimidas por las fuerzas de seguridad.

En los años posteriores al golpe de 2009, la violencia en Honduras continuó en aumento, debido en parte a la inestabilidad política generada por el golpe, pero también como resultado de la expansión de las organizaciones criminales y de narcotráfico, la proliferación de armas, y la participación de las fuerzas armadas en asuntos de seguridad ciudadana. En la región del Bajo Aguán, la violencia vinculada a disputas por la tierra de larga data entre pobladores locales y corporaciones privadas se ha exacerbado aún más debido a la mayor presencia de organizaciones criminales transnacionales, ladrones y saqueadores de plantaciones de palma africana, y las rivalidades entre grupos campesinos. En este contexto, la falta de suficientes investigaciones y enjuiciamientos por las autoridades nacionales ha agravado el ciclo de criminalidad e impunidad en Honduras.

La Fiscalía de la CPI lleva a cabo exámenes preliminares, investigaciones y enjuiciamientos independientes e imparciales de los crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. La Fiscalía ha abierto investigaciones en: Uganda; República Democrática del Congo; Darfur, Sudán; República Centroafricana; Kenia; Libia; Côte d'Ivoire y Mali. La Oficina también está llevando a cabo exámenes preliminares en las situaciones en Afganistán, Colombia, Georgia, Guinea, Irak/Reino Unido, Nigeria, Ucrania y Palestina.

Decisión de la Fiscalía de cerrar el examen preliminar de la situación en Honduras: Honduras – Informe con arreglo al artículo 5 del Estatuto.

Para mayor información sobre los principios, factores y procedimientos prescritos en el Estatuto de Roma que la Fiscalía aplica durante la realización de sus actividades de examen preliminar, véase el Documento de política general sobre exámenes preliminares de la Fiscalía.

Preguntas y Respuestas sobre esta decisión: disponible en inglés y español.

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Fuente: Fiscalía

Declaración de la Fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, sobre la conclusión del examen preliminar en la situación en Honduras
Source: Office of the Prosecutor | Contact: [email protected]